Publicada en el Diario Oficial 42.169 del 29 de junio de 1995, en la cual se expiden normas sobre racionalización tributaria del impuesto sobre las ventas, impuesto de renta, contribuciones de las industrias extractivas, impuestos sobre la renta, procedimientos, plan de choque contra la evasión, impuesto al consumo de cerveza, licores, vinos, cigarrillos, aperitivos y similares. Decretos reglamentarios como el 2321, mediante el cual se fijan los lugares y plazos para las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente. Decreto 2322, por medio del cual se reajustan unos valores absolutos del impuesto del timbre nacional no administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el año gravable 1996. Mediante el Decreto 2323 se ajusta la tabla de retención en la fuente aplicable a los pagos gravables originados en la relación laboral o legal y reglamentaria. De igual forma, el Decreto 2324 reajusta los valores absolutos expresados en moneda nacional en las normas relativas a los impuestos sobre la renta y complementarios, sobre las ventas, al impuesto de timbre nacional y a la contribución especial de que tratan los artículos 52, 53, 54, 55, 56, 57 de la Ley 223 de 1995, para el año gravable de 1996. El Decreto número 2336 de 1995 reglamenta parcialmente los artículos 271 y 272 del Estatuto Tributario, modifica dos respectivamente por los artículos 106 y 108 de la Ley 223 del 20 de diciembre de 1995; y el 2338 de 1995 que reglamenta el artículo 366-1 del Estatuto Tributario.

Valor $2.000  


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